Seguro
Medioambiental
“Quien contamina, paga y repara”
La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, marca la obligación de Prevenir, Evitar y Reparar los daños al medioambiente asumiendo la totalidad de los costes por lo que, cualquier operador económico que realice una actividad potencialmente peligrosa, o no, para el medioambiente, deberá de contraer un garantía financiera obligatoria (GFO), con el fin de que, en caso de contaminación, este tenga los medios económicos para devolver el medioambiente a su estado básico.
Teniendo en cuenta las tres obligaciones que marca la Ley 26/2007, para contraer la GFO existen 3 posibles alternativas: una reserva técnica, un aval bancario o un seguro de responsabilidad medioambiental. De estas opciones, la única que realmente cede el riesgo en su totalidad y además abarca las tres obligaciones antes mencionadas es el seguro de Responsabilidad Medioambiental, ya que tanto el aval bancario como la reserva técnica solo garantizan un capital monetario para afrontar los costes de reparación; en cambio, un seguro de Responsabilidad Medioambiental, además de garantizar la suma asegurada, ofrece un plan integral de acción en caso de daño medioambiental gracias a las diferentes coberturas, básicas y opcionales que lo forman:
- Costes de limpieza y/o daños ambientales
- Costes de prevención y gastos de aminoración
- Daños a la biodiversidad
- Daños personales y/o materiales
- Contención de crisis
- Gastos de defensa
- Transporte de mercancías aseguradas, tanto en vehículos propios como de terceros
- Interrupción del negocio
- Responsabilidad civil por contaminación
- Cobertura automática de tanques subterráneos
Nuestro objetivo principal es ofrecerte la tranquilidad y protección de tu entorno de la contaminación como consecuencia de tu actividad económica, con medidas urgentes y reparando los recursos naturales afectados, con el fin de devolverlos a su estado original.