Persona conduciendo un patinete eléctrico con casco y número de registro en ciudad moderna.

Seguros de patinete eléctrico 2026: cómo cumplir la nueva ley y elegir la mejor póliza

¿Compartes?

El boom de los patinetes eléctricos ha hecho que la normativa cambie… y mucho. A partir de 2026, tener un seguro de patinete eléctrico dejará de ser opcional para convertirse en un requisito legal en toda España.

En COSEBA te contamos, en lenguaje claro, qué exige la nueva ley, cuánto te va a costar de verdad y cómo elegir un buen seguro de patinete sin pagar de más.

¿Es obligatorio el seguro de patinete eléctrico en 2026?

Sí. La Ley 5/2025 modifica la normativa de seguros de automóviles e introduce la figura de los vehículos personales ligeros (VPL), donde entran los patinetes eléctricos y la mayoría de VMP. Desde 2026, estos vehículos deberán contar con un seguro obligatorio de responsabilidad civil para poder circular legalmente por España.

Fecha clave, a quién aplica y excepciones

La ley establece este calendario:

  • 2 de enero de 2026: la DGT pondrá en marcha el registro estatal de VMP/VPL.

  • Desde su publicación, los usuarios dispondrán de un plazo mínimo de tres semanas para matricular el patinete en ese registro.

  • A partir del 26 de enero de 2026 será imprescindible tener el patinete registrado y con seguro de responsabilidad civil para circular legalmente.

¿A quién afecta?

Están obligados a tener seguro y registro los VMP/VPL que cumplan estas condiciones:

  • Velocidad por diseño entre 6 y 25 km/h.

  • Peso inferior a 25 kg y capacidad de llegar a 25 km/h, o bien peso superior a 25 kg y velocidad mínima de 14 km/h.

Quedan fuera de la obligación:

  • Bicicletas eléctricas de pedaleo asistido (hasta 25 km/h y 250 W).

  • Vehículos de movilidad reducida.

  • Vehículos diseñados para usos específicos (militares, industriales, etc.), que se rigen por otras normas.

Multas y consecuencias por circular sin seguro de patinete eléctrico

Circular sin seguro de patinete a partir de 2026 tendrá consecuencias similares a hacerlo con un coche sin póliza:

  • Multas de entre 200 y 1.000 €, según la gravedad y las circunstancias.

  • Inmovilización del patinete.

  • Inscripción del vehículo en el registro de vehículos no asegurados.

  • Si causas un accidente, el Consorcio de Compensación de Seguros indemnizará a la víctima y luego te reclamará el 100% de los importes pagados (indemnizaciones, gastos médicos, abogados…).

Además del golpe al bolsillo, si provocas daños graves o una invalidez a un tercero sin seguro, las reclamaciones pueden acompañarte durante años.

Otros requisitos DGT: registro, etiquetado y casco

La nueva ley no va solo de seguros. Para circular legalmente con tu patinete tendrás que cumplir también con:

  • Registro DGT del VMP/VPL:

    • Trámite telemático (previsiblemente desde la Sede Electrónica DGT).

    • Asociado a tu patinete y a tu póliza de seguro.

  • Etiqueta/matrícula identificativa:

    • Una placa o etiqueta con el número de registro, que deberá ser visible para que la policía pueda comprobar en la calle si tu patinete está asegurado y homologado.

  • Homologación obligatoria en 2027:

    • Desde enero de 2027, solo podrán circular los patinetes que cumplan el Manual de características de VMP de la DGT (limitación a 25 km/h, sistemas antimanipulación de potencia, frenos, luces, etc.).

  • Casco obligatorio:

    • La Ley de Tráfico ya fija el uso obligatorio de casco para conductores de VMP; la DGT y los ayuntamientos están desarrollando los detalles (tipos de casco, sanciones, etc.).

Coberturas imprescindibles del seguro de patinete (y cómo no pagar de más)

Con la nueva ley, el mínimo legal será la Responsabilidad Civil obligatoria. Pero si solo contratas eso, estarás dejando sin protección a la persona más importante: tú.

Lo ideal es combinar RC obligatoria + algunas coberturas clave sin entrar en extras que no necesitas.

Responsabilidad civil: límites mínimos y defensa jurídica

La ley fija unos límites muy elevados para el seguro obligatorio de patinete, alineados con los vehículos a motor:

  • 6.450.000 € por siniestro en daños personales (independientemente del número de víctimas).

  • 1.300.000 € por siniestro en daños materiales (coches, mobiliario urbano, escaparates…).

Además de esos mínimos, fíjate en:

  • Defensa jurídica y fianzas:

    • Abogados, procuradores, costas judiciales…

    • Es muy recomendable que vayan incluidos sin coste extra.

  • RC voluntaria adicional:

    • Algunas aseguradoras ofrecen ampliaciones de RC, aunque con estos límites mínimos ya vas muy bien cubierto.

En COSEBA te ayudaremos a revisar que la póliza de patinete que elijas cumple de verdad estos límites legales y no se queda corta en defensa jurídica.

Accidentes del conductor: hospitalización, invalidez y fallecimiento

La Responsabilidad Civil protege a terceros, no a ti. Por eso es importante añadir coberturas de accidentes personales del conductor, que suelen incluir:

  • Fallecimiento por accidente de circulación.

  • Invalidez permanente (total o parcial).

  • Gastos médicos y de hospitalización tras una caída.

  • A veces, una pequeña indemnización diaria por hospitalización.

En el mercado es habitual encontrar capitales como:

  • 6.000–10.000 € por fallecimiento.

  • 10.000–15.000 € por invalidez permanente.

  • Límites de 1.000–3.000 € en gastos médicos.

Si usas el patinete a diario para ir al trabajo o moverte por ciudad, esta cobertura es muy recomendable: un golpe tonto en un bordillo puede acabar en fractura y baja laboral.

Robo, daños propios y asistencia en viaje: ¿merecen la pena?

Depende de cuánto cueste tu patinete y de cómo lo uses:

Cuando suelen merecer la pena:

  • Patinetes de gama media/alta (500–800 € o más).

  • Uso intensivo diario, aparcado en la calle o parkings.

  • Zonas con alta siniestralidad o robos frecuentes.

Aspectos a revisar:

  • Robo:

    • Si exige violencia/forzamiento (candado roto, trastero forzado, etc.).

    • Si cubre robo en la vía pública o solo en domicilio/trastero.

  • Daños propios:

    • Caídas, golpes, vandalismo.

    • Suele incluir franquicias (por ejemplo, los primeros 100–150 € corren de tu cuenta).

  • Asistencia en viaje:

    • Recogida del patinete y traslado si te quedas tirado.

    • Mira desde qué distancia de tu domicilio empieza a funcionar y si cubre solo ciudad o también trayectos interurbanos.

Si tu patinete es sencillo y lo guardas siempre en casa, quizá puedas prescindir de daños propios y robo y centrarte en RC + accidentes del conductor. Consulta con tu asesor de COSEBA.

Franquicias, exclusiones y carencias que debes revisar

Tres cosas que nadie lee y que marcan la diferencia:

  • Franquicia:

    • Cantidad fija que asumes tú en cada siniestro (por ejemplo, 150 €).

    • Bajar la prima subiendo demasiado la franquicia puede salir caro.

  • Exclusiones habituales:

    • Circular borracho o bajo drogas.

    • Llevar pasajero (dos personas en un patinete).

    • Circular por donde está prohibido (aceras, túneles, vías interurbanas…).

    • Modificar el patinete para superar los 25 km/h o aumentar la potencia.

  • Carencias:

    • Algunas pólizas pueden fijar periodos de espera para robo u otras coberturas. No es lo más habitual, pero conviene comprobarlo.

En COSEBA te ayudamos a leer la “letra pequeña” para que no te lleves sorpresas justo el día que necesitas el seguro.

¿Quieres estar mejor protegido
o crecer como profesional de la mediación?

En COSEBA te acompañamos en ambos caminos.

Si buscas información clara y asesoramiento experto sobre seguros de todo tipo, ponemos a tu disposición la experiencia de una correduría con 40 años en el sector y más de 40 aseguradoras de referencia en el mercado español.

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